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Los ISPs serán forzados a retener los datos de los usuarios

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De aprobarse en estos días la nueva Directiva de la Unión Europea, los ISPs serían forzados a almacenar los datos de sus clientes durante al menos un año.


Así, los datos que podrían tenerse en cuenta serían los nombres, fecha de nacimiento, dirección del domicilio, e información de tarjetas de crédito, así como el direccionamiento IP y los datos de cada una de sus sesiones. La implementación de la directiva supone un importante cambio con respecto al actual sistema de cumplimiento de leyes que tienen los ISPs, ya que los requisitos mínimos exigidos por la UE se vuelven mucho más exigentes que la directiva que se encontraba en vigor desde el año 2005.

Los partidarios reclaman que la nueva Directiva es necesaria para que tanto la policía, como las agencias de inteligencia y seguridad, tengan un mayor control sobre los datos que se intercambian en las comunicaciones por la red, y poder ofrecer así una política de seguridad mucho más eficiente que la actual. Se cree que la disponibilidad de los datos permitirá llevar a cabo una investigación más profunda en los casos de terrorismo, y ayudará a perseguir las causas y hacer cumplir las leyes judiciales.

Los principales oponentes se han adelantado a criticar los altos costes de su implantación, estimados en 47 millones de euros, con un período estimado de despliegue de cuatro años, así como el hecho de que la información recogida sobre los negocios pueda contener datos sensibles de las empresas.

Hace ya tres años, el Parlamento Europeo rechazó una propuesta similar por no estar conforme con los principios de la normativa europea de protección de datos, ni cumplir con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, relativa al derecho a la intimidad. Según se consideró, la normativa vulneraba el principio de inocencia, a la vez que imponía cargas desproporcionadas a las empresas de telecomunicaciones para implantar un sistema cuya eficacia podría resultar dudosa.

En España, el último Reglamento de desarrollo de la Ley General de Telecomunicaciones Ley 25/2007 regula la conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y a las redes públicas de comunicaciones, fijando un período máximo de 12 meses. Existe mucho desconocimiento al respecto. El objeto de esta Directiva es establecer la obligación de los operadores de telecomunicaciones de retener determinados datos generados o tratados por los mismos, con el fin de posibilitar que dispongan de ellos los agentes facultados. Se entienden por agentes facultados los miembros de los Cuerpos Policiales, autorizados en el marco de una investigación criminal por la comisión de un delito, o el personal del Centro Nacional de Inteligencia, para llevar a cabo una investigación de seguridad amparada en la Ley 11/2002.

16/03/2009 Alfonso Casas


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