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El abono social de telefonía se extiende a más usuarios

El Gobierno ha incrementado el umbral de renta familiar de las personas que pueden acogerse al abono social de telefonía, dirigido a pensionistas y jubiliados, y que supone una reducción del 70% en la cuota de alta y del 95% en la de abono.

La Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos (Cdgae) ha aprobado la modificación del umbral de acceso al abono social del operador encargado de la prestación del servicio universal de telecomunicaciones (Telefónica), con el objetivo de evitar que un gran número de ciudadanos con ingresos por encima del umbral de renta familiar que da acceso al abono social quede fuera de esta prestación dirigida a pensionistas y jubilados.

La subida de las pensiones mínimas por encima del Iprem acordada por el Gobierno socialista ha tenido como consecuencia que los ingresos de un importante número de pensionistas superen el nivel del Iprem (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) y no pudan beneficiarse del abono social. En virtud del acuerdo adoptado hoy por la Comisión, el umbral de renta familiar para tener derecho al abono social pasa del Iprem x 1,1 al Iprem x 1,2 para que así se puedan beneficiar más hogares.

Con la modificación aprobada, se estima que el número de potenciales beneficiarios del abono social se incrementará en unos 120.000 hogares. De esta forma, el Gobierno refuerza la protección de los ciudadanos con necesidades especiales en telecomunicaciones.

La propuesta permite incluir en el colectivo con derecho a acceder al abono social, siempre que la renta familiar incluya únicamente la cuantía de la pensión, a los perceptores de pensiones mínimas jjubilados mayores de 65 años sin cónyuge a cargo, beneficiarios de una pensión por incapacidad permanente absoluta o total sin cónyuge a cargo, y pensionistas de viudedad mayores de 65 años o con una discapacidad superior al 65%.

Reducción de cuotas
El plan de precios denominado abono social, dirigido a jubilados y pensionistas, incluidos tanto los preceptores de una pensión pública como los de una pensión privada reconocida por decisión judicial, supone una reducción del 70% en el importe de la cuota de alta del servicio telefónico fijo disponible al público o cuota de conexión de líneas individuales y una rebaja del 95% en el importe de la cuota de abono de la línea individual.

El abono social está integrado en el servicio universal de telecomunicaciones, que establece un conjunto definido de servicios básicos cuya prestación debe garantizarse a todos los usuarios, independientemente de su localización geográfica, con una calidad determinada y a un precio asequible.

Para garantizar la asequibilidad del precio, la Ley General de Telecomunicaciones establece que las personas con necesidades sociales especiales deben disponer de opciones o paquetes de tarifas que difieran de las aplicadas en condiciones normales de explotación comercial y que les permitan tener acceso al servicios telefónico disponible al público desde una ubicación fija o hacer uso de éste.

Network World - 13/05/2010


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